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Nov

2023

ARTÍCULO DE OPINIÓN

¿Dinero extra?, ¿qué hacer y qué no hacer con la CTS?

Lo importante es pensar y planificar cómo podemos usar dicho dinero extra. Por ello, es recomendable tener una estrategia en la que se prioricen las necesidades de nuestro día a día, primarias y urgentes.

Por Dirección de Comunicación. 13 noviembre, 2023. Publicado en El Peruano, el 11 de noviembre del 2023

Fuente: Forbes Perú.

La remuneración computable comprende los sueldos regulares y de libre disponibilidad que recibe el trabajador regularmente, más 1/6 de la gratificación de julio y otras retribuciones no regulares, como comisiones y horas extras, que deben adicionarse en función de 3/6 a la remuneración computable, de ello se calcula el 50%.

Sin embargo, a los trabajadores que, al 30 de octubre de 2023, tengan menos de un mes de servicios, no se le deposita la CTS que vence el 15 de noviembre del 2023. En este caso, los días laborados se considerarán en el primer tramo de la CTS del 2024, que comprende desde noviembre 2023 hasta abril 2024 y se depositará hasta el 15 de mayo de 2024. El derecho nace al cumplirse el mes de servicio.

Seguro que ya estamos pensando qué podemos hacer con dicho dinero. Detente a pensar ¿realmente es un dinero extra?, ¿puedo disponer de él?, ¿puedo invertirlo?, o ¿puedo gastarlo?, ¿todas estas preguntas son lo mismo?, parece que no.

Ante esta situación, recordemos que la CTS es un beneficio social que otorgan las micros, pequeñas, medianas y grandes empresas a sus trabajadores, con la finalidad de constituir un fondo que les permita hacer frente a las futuras contingencias que puedan ocurrir luego de la pérdida del vínculo laboral y/o cubrir necesidades y promoción del trabajador y su familia, mientras se reincorpora al mercado laboral.

Dicho lo anterior, cabe recordar que, la Ley 31480 (25/05/2022) autorizó a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2023, a disponer (retirar) libremente el 100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras, acumulados a la fecha de disposición. Sin embargo, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social acaba de aprobar el dictamen que propone ampliar la vigencia del retiro hasta el 31 de diciembre del 2024.

Entonces ¿es recomendable retirar ese dinero? Muchos especialistas opinan que no es recomendable, dado que la CTS tiene un propósito. Sin embargo, ante una necesidad o urgencia, y por decisión personal, sí podría darse el retiro. En este punto, debemos reflexionar, ¿qué consideramos urgencia o necesidad? Para saberlo, hagamos un pequeño análisis del costo-beneficio del retiro o no de la CTS.

Realicemos una lista de necesidades prioritarias en nuestra economía personal y familiar que podrían estar quitándonos el sueño.

Ante una deuda con un tercero (entidades financieras, empresas o instituciones por compras de bienes o servicios u otros), al que le debamos pagar intereses, sí valdría la pena retirar la CTS. En esta línea, debemos dar prioridad al pago de las tarjetas de créditos (un mal necesario, algunas veces).

Otras deudas a considerar en la lista, son los préstamos hipotecarios que, normalmente, por tener garantía, sus tasas de interés son menores.

También es oportuno retirar la CTS para invertirla en la formación profesional del trabajador o un familiar directo o en un emprendimiento potencial. Sin embargo, la alternativa más conservadora es ahorrar la CTS en una entidad financiera (líder del mercado y regulada por la SBS) que pague una tasa de interés atractiva, ya sea en depósito a plazo fijo o no y asegurándonos que el rendimiento de dicha inversión sea seguro.

A unas semanas una de las festividades más bonitas del año, la Navidad, tal vez nos sintamos tentados a realizar gastos innecesarios y justificarlos. En estos casos, debemos actuar con prudencia y responsabilidad, y evitar endeudarnos más de lo que realmente necesitamos con montos que superan nuestros ingresos mensuales.

Lo importante es pensar y planificar cómo podemos usar dicho dinero extra que tanto esfuerzo nos ha costado obtener y que es fruto de nuestro trabajo. Por ello, es recomendable tener una estrategia en la que se prioricen las necesidades de nuestro día a día, primarias y urgentes.

Debemos tener en cuenta que, si aún no se decide cómo administrar la CTS, la ley que permite la libre disposición de este beneficio laboral estará vigente hasta diciembre del presente año. Seamos estratégicamente cuidadosos al momento de decidir el uso de dicho dinero extra.

Este es un artículo de opinión. Las ideas y opiniones expresadas aquí son de responsabilidad del autor.

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